Reintegro Tributario (RT)

¿Qué es el Reintegro Tributario?

Es un beneficio tributario otorgado al titular de una obra pública de infraestructura y de servicios públicos, a través del reintegro tributario equivalente al IGV por las adquisiciones y/o importaciones de bienes, servicios y contratos de construcción que realice durante la etapa pre-operativa de la obra pública, siempre que los mismos sean destinados a operaciones no gravadas con dicho impuesto y se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión en la obra.

Reproducir vídeo

BENEFICIARIOS

PRIVADOS

  • Personas jurídicas que contratos de concesión, en virtud de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM[1] y normas modificatorias, que se encuentren en la etapa preoperativa de la Obra y cuenten con la Resolución Ministerial que los califique para el goce del Régimen de Reintegro Tributario.
  • [1] TUO que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.

ESTATALES

  • Empresas del Estado de Derecho Privado del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local que realicen obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, que se encuentren en la etapa preoperativa de la Obra y cuenten con la Resolución Ministerial que los califique para el goce del Régimen de Reintegro Tributario.

COMPROMISO DE INVERSIÓN

Monto de inversión a ser ejecutado a partir de la fecha de la solicitud de acogimiento al Régimen, en el caso de que a dicha fecha la etapa preoperativa de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos ya se hubiere iniciado; o a partir de la fecha de inicio de la etapa preoperativa contenida en el cronograma de inversión de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos, en el caso de que esta se inicie con posterioridad a la fecha de solicitud.

OBRAS

Obra pública de infraestructura y de servicios públicos que se compromete a realizar el Beneficiario.

Para acogerse al Régimen, los Beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos::

  1. La realización de inversiones en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, cuyo Compromiso de Inversión para la ejecución de la Obra no puede ser menor a US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) como monto de inversión total, incluyendo la sumatoria de todos los tramos, etapas o similares, si los hubiere. Dicho monto no incluye el IGV.
  2. La Obra requiera de una etapa preoperativa igual o mayor a dos (02) años, contado a partir de la fecha de inicio del cronograma de inversiones..
  3. Contar con la Resolución Ministerial que los califique para gozar del Régimen.
  4. Encontrarse en la etapa preoperativa de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos materia de acogimiento al Régimen.

Tratándose de Beneficiarios Privados, deben cumplir además con haber celebrado de manera previa un contrato de concesión al amparo de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y normas modificatorias.

Beneficiarios Privados: Personas jurídicas que contratos de concesión, en virtud de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM[1] y normas modificatorias, que se encuentren en la etapa preoperativa de la Obra y cuenten con la Resolución Ministerial que los califique para el goce del Régimen de Reintegro Tributario.

[1] TUO que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.


Estatales: Empresas del Estado de Derecho Privado del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local que realicen obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, que se encuentren en la etapa preoperativa de la Obra y cuenten con la Resolución Ministerial que los califique para el goce del Régimen de Reintegro Tributario.
Compromiso de Inversión Monto de inversión a ser ejecutado a partir de la fecha de la solicitud de acogimiento al Régimen, en el caso de que a dicha fecha la etapa preoperativa de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos ya se hubiere iniciado; o a partir de la fecha de inicio de la etapa preoperativa contenida en el cronograma de inversión de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos, en el caso de que esta se inicie con posterioridad a la fecha de solicitud.
Obra Obra pública de infraestructura y de servicios públicos que se compromete a realizar el Beneficiario.
DOCUMENTO FECHA DESCARGA
LEY Nº 28754 06/06/2006 Descargar
DECRETO SUPREMO Nº 110-2007-EF -REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28754 01/08/2007 Descargar
LEY Nº 30264 16/11/2014 Descargar
DECRETO LEGISLATIVO N° 1259 08/12/2016 Descargar
DECRETO LEGISLATIVO N° 1423 13/09/2018 Descargar
DECRETO SUPREMO N° 127-2017-EF 07/05/2017 Descargar
DECRETO SUPREMO N° 276-2018-EF 30/11/2018 Descargar
DECRETO SUPREMO Nº 059-96-PCM 27/12/1996 Descargar

Una solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, adjuntando los siguientes documentos:

  • Formulario, llenado y refrendado por el representante legal. Descargar Formulario.
  • Memoria descriptiva y prespuesto de la obra
  • Compromiso de Inversión y el cronograma propuesto de ejecución requerido para la Obra; con la identificación de las etapas, tramos o similares; y, el período de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando la cantidad, volumen y características de dichos conceptos. El cronograma de ejecución propuesto debe encontrarse detallado en forma mensual, y ajustados sin decimales. El cronograma debe presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
  • Lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, servicios y contratos de construcción, indicando la subpartida nacional vigente y su correlación con la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) que le corresponde en cada caso, así como la lista de servicios y lista de contratos de construcción indicando los códigos de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) a la que corresponden; sustentando de manera expresa que son necesarios y que se encuentran vinculados directamente en la ejecución de la Obra. La lista debe presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
  • Copia simple del Contrato de Concesión, en el caso de las empresas concesionarias; de procesos que no hayan sido conducidos por PROINVERSIÓN.
  • Copia legalizada del Poder que acredite la capacidad de representación del representante legal del Solicitante para solicitar el acogimiento al Régimen, en los casos que correspondan.
  • Copia legalizada del Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social del Solicitante, inscrito ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, en caso de tratarse de persona jurídica, de corresponder. En caso de tratarse de un contrato asociativo, debe presentarse copia legalizada notarial del contrato respectivo.

Las condiciones del Compromiso de Inversión contenidas en la Resolución Ministerial que aprobó la calificación para el goce del Régimen deben ser objeto de modificación cuando se requiera establecer un monto o un plazo mayor al inicialmente comprometido.

Las solicitudes para la modificación de la Resolución Ministerial deben ser presentadas ante PROINVERSIÓN dentro del plazo de vigencia del Régimen, siendo éste el establecido en dicha Resolución Ministerial para el cumplimiento del Compromiso de Inversión, y son tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la aprobación de las solicitudes de acogimiento al Régimen.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN:

  • Formulario, llenado y refrendado por el representante legal. Descargar Formulario.
  • Cronograma de Ejecución propuesto del compromiso de inversión requerido para la ejecución de la Obra, en etapas, tramos o similares, y el periodo de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando cantidad, volumen y características de dichos conceptos. Los montos deberán encontrarse detallados en forma mensual, ajustados sin decimales. El cronograma debe presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
  • En los casos que corresponda, copia de la Adenda del Contrato de Concesión o de la aceptación del sector de la causal de fuerza mayor o caso o fortuito, o en su defecto, copia de la correspondiente solicitud en trámite.
  • Poder que acredite la capacidad del representante legal del Beneficiario.

Las solicitudes para la suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión deberán ser presentadas ante PROINVERSIÓN, dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, siendo éste el establecido en el Contrato para el cumplimiento del compromiso de inversión, y, serán tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción de Contratos de Inversión.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN:

Una solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, adjuntando los siguientes documentos:

  • Formulario, llenado y refrendado por el representante legal. Descargar Formulario
  • Cronograma de Ejecución propuesto del compromiso de inversión requerido para la ejecución de la Obra, en etapas, tramos o similares, y el periodo de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando cantidad, volumen y características de dichos conceptos. Los montos deberán encontrarse detallados en forma mensual, ajustados sin decimales. El cronograma debe presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
  • En los casos que corresponda, copia de la Adenda del Contrato de Concesión o de la aceptación del sector de la causal de fuerza mayor o caso o fortuito, o en su defecto, copia de la correspondiente solicitud en trámite.
  • Poder que acredite la capacidad del representante legal del Beneficiario para suscribir la adenda solicitada.

Entérate más sobre REINTEGRO TRIBUTARIO (RT)

Contáctanos

Av. Enrique Canaval Moreyra N° 150 piso 9 San Isidro, Lima 27 - Perú

(511) 200 -1200

Síguenos en

PROINVERSIÓN © Todos los derechos reservados - 2024